AntecedentesLos Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, aprobados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) en junio de 2011, representan un hito fundamental en la evolución de los criterios normativos sobre la responsabilidad y la rendición de cuentas de los actores corporativos.
Tres años después de la adopción de los Principios Rectores, el CDH hizo un llamado a todos los Estados Miembros para desarrollar sus Planes de Acción Nacionales con el fin de apoyar la implementación de los Principios Rectores (de ahora en adelante PANs sobre empresas y derechos humanos o PANs). Este llamado se produjo tras similares desarrollos a nivel europeo. Además, la Organización de los Estados Americanos (OEA) han alentado a sus Estados miembros a que implementen los Principios Rectores y su Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) los considera la “base conceptual dinámica y evolutiva (...) en el ámbito de las empresas y los derechos humanos”
[1], recomendando a los Estados incorporar los estándares interamericanos en la elaboración de sus PANs, mientras que la Unión Africana (UA) está actualmente elaborando un marco político sobre empresas y derechos humanos. El Grupo de Trabajo de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos (UNWG, por sus siglas en inglés), establecido en 2011, alienta encarecidamente a todos los Estados a desarrollar, implementar y actualizar los PANs sobre empresas y derechos humanos, y para ello ha elaborado una guía destinada a gobiernos para su diseño
[2] y otra para la incorporación de la perspectiva de género
[3] tanto en PANs como en las actividades y mecanismos empresariales. Los líderes del G20 también han expresado su apoyo a los PANs.
En junio de 2014, el CDH adoptó una resolución para establecer un grupo de trabajo intergubernamental con la misión de explorar las opciones para la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante para regular, en el derecho internacional de los derechos humanos, las actividades de las empresas transnacionales. Actualmente, existe un debate en curso entre los Estados y la sociedad civil mundial relativo a la vinculación entre los PANs sobre las empresas y los derechos humanos y el proceso de elaboración de un tratado. En la práctica, el desarrollo e implementación de los PANs es complementario a este proceso, ya que aquellos ofrecen una herramienta esencial para que los Estados cumplan con su deber de proteger los derechos humanos contra los impactos adversos de las empresas, articulado por los Principios Rectores y, a su vez, ayudando a avanzar en el desarrollo normativo a nivel global. Asimismo, los borradores 1 y 2 (“borrador revisado”) del tratado reconocen explícitamente el rol de los Principios Rectores en relación con la responsabilidad de empresas transnacionales y otras empresas de respetar los derechos humanos.
La adopción en septiembre de 2015 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, reconoce el papel de las empresas como un importante motor de crecimiento económico y de infraestructura, componentes necesarios para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), al mismo tiempo que exhorta explícitamente a las empresas a actuar de acuerdo con los Principios Rectores. La Agenda de Acción de Addis Abeba, que proporciona un marco global para financiar la implementación de la Agenda 2030, al alinear los flujos financieros y las políticas con las prioridades económicas, sociales y ambientales, también se refiere a los Principios Rectores como un marco clave para ayudar a lograr esta visión.
[4]Americas
A septiembre de 2020 hay 24 estados con planes de acción nacionales sobre empresas y derechos humanos, incluidos Chile y Colombia en América Latina. Varios de estos estados están ahora en el proceso de actualizar su plan nacional de acción integral, nuevamente, incluidos Chile y Colombia. Hay 16 estados que desarrollan planes de acción nacionales, incluidos Argentina, Honduras, México y Perú. También hay una serie de estados que están sentando las bases para iniciar un proceso de desarrollo de un plan de acción nacional, incluidos Costa Rica, Honduras, Guatemala y Nicaragua, entre otros.
Puntos claves
Un análisis inicial de los PANs para el período 2013-2018 identifica los siguientes hallazgos:
Participación de las partes interesadas en el proceso de desarrollo. Todos los Estados llevaron a cabo eventos con las partes interesadas y con titulares de derechos durante sus procesos de desarrollo de PANs, y todos, menos uno, involucraron tanto a las empresas como a la sociedad civil. El grado de participación de las partes interesadas y los titulares de derechos varió considerablemente, ya que, por ejemplo, 8 Estados tomaron medidas activas para involucrar a grupos de interés especiales y grupos en situación de vulnerabilidad (por ejemplo, pueblos indígenas y personas con discapacidad) y 8 Estados publicaron cronogramas sobre su proceso de desarrollo de PAN;
Evaluaciones nacionales de línea de base. 6 PANs contaron con una evaluación nacional de línea de base (ENLB) diseñada para identificar lagunas en la protección y conducir una priorización informada de acciones, metas y compromisos que conformen el PAN. De los 4 Estados adicionales que se comprometieron en su PAN a producir una ENLB, ninguno la ha completado aún (aunque algunos no tienen plazos y otros aún se encuentran dentro de los mismos);
Contenido de los PANs. La mayoría de los PANs se estructuran siguiendo los tres pilares de los PRs, o los 31 principios rectores. Todos los PANs, menos uno, abordan explícitamente las operaciones comerciales dentro del país, y todos, menos dos, abordan explícitamente las operaciones comerciales en el extranjero. 17 PANs comprometen al Estado a vincularse con otros Estados para compartir buenas prácticas y/o ayudar a desarrollar PANs. Muchos PANs abordan problemas que afectan a grupos en situación de vulnerabilidad titulares de derechos, pero ciertos grupos reciben menos atención que otros, incluidos trabajadores migrantes, personas con discapacidady pueblos indígenas.
Informes de seguimiento. 15 PANs comprometen a los Estados a proporcionar informes de seguimiento sobre la implementación de los compromisos del PAN. 5 estados han publicado esos informes a la fecha.
Rendición de cuentas. La rendición de cuentas efectiva se mejora cuando los puntos de acción en los PANs son específicos, medibles, alcanzables, relevantes y de duración determinada (SMART, por sus siglas en inglés). Sin embargo, los puntos de acción en los PANs a menudo no cumplen completamente con estos requisitos. 9 PANs asignan la responsabilidad de las acciones a entidades claras y expresamente nombradas, 6 incluyen plazos para algunas o todas las acciones, 4 PANs incluyen indicadores explícitos o plazos en los cuales se deben completar las acciones. Ningún PAN contiene un presupuesto que cubra todas las acciones, sin embargo, un PAN se refiere a proporcionar el personal y el presupuesto necesario para el monitoreo.
[5]Mas informacion https://www.ohchr.org/EN/Issues/Business/Pages/NationalActionPlans.aspxhttps://globalnaps.org/[1] Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Rela